Guerra de la Independencia
Restitución de bienes eclesiásticos

Ayuntamiento de Noviercas

 

(Archivo Histórico Provincial de Soria - Protocolos Notariales - 2386-3909-15)

15 de Marzo - Arriendo de la heredad de La Lámpara

En la villa de Noviercas, a quince de Marzo de mil ochocientos veinte y cuatro; ante mí el escribano y testigos, parecieron presentes Adrián Barrera y Julián Portero, vecinos de ella, y dijeron:
Que por orden de su señoría ilustrísima el señor obispo de Osma, a virtud de las expedidas por el Gobierno se les habían hecho dejar las heredades que tenían compradas de La Lámpara en tiempo de la dominación francesa, determinadas para el alumbrado de dicha lámpara de esta iglesia parroquial por los fundadores de esta obra pía

El resto de la escritura está en blanco, constando las firmas en la parte inferior del vuelto de este folio.

En el folio anterior (f.14) está el borrador con los datos que debían haber constado en este protocolo. Borrador que dice:

En 15 de Marzo de 1824 Adrián Barrera y Julián Portero, vecinos de Noviercas, arriendan las heredades de La Lámpara de esta dicha iglesia, sin embargo de tener los susodichos y otros vecinos compradas las heredades, muchas de ellas de dicha Lámpara, a la justicia de dicha [villa], que fueron Ramón Calonge y Antonio Celorrio, por estar declaradas nulas y sin efecto estas ventas por su ilustrísima el señor obispo de Osma a virtud de las del Gobierno.
La arriendan por 9 años que darán principio en el Marzo de este de la fecha y cumplirá en otro tal que vendrá en 1833; pagando en el Agosto de cada uno, entrando el de este año de la fecha por estar labrando las heredades de dicha Lámpara, 14 medias de trigo de renta enjuto, limpio y de recibo, con los descuentos ordinarios de piedra, niebla, hueste de rey y demás. Firman. Testigos: Josef, Pablo y Saturio

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