Guerra de la Independencia
Enajenación de Propios

Ayuntamiento de Noviercas

 

(Archivo Histórico Provincial de Soria - Protocolos Notariales - 2384-3905-333)

Acuerdo para vender Valdelacasa

En la villa de Noviercas, a siete días del mes de Abril de mil ochocientos once, estando juntos y congregados en sus salas consistoriales como lo tienen de uso y costumbre, los señores alcaldes, Ayuntamiento y Junta que compone el pueblo con arreglo a las provisiones de la Real Chancillería de Valladolid, precedida citación ante diem y toque de campana, para tratar y conferir las cosas tocantes y pertenecientes al servicio de ambas majestades; siendo y estando especialmente presentes don Josef Celorrio y Diego García alcaldes, Justo Pérez, Ignacio García y Vicente Barrera regidores, Sebastián Ledesma diputado del Común, Juan Josef Calonge, Ramón Calonge, Tomás Barrera, Manuel Enciso Ramírez, Antonio Martínez, Manuel Calonge, Martín Pérez, Hermenegildo Pérez, Martín de Marco, Miguel Gonzalo Domínguez, Tomás Barrera Tello, Antonio Celorrio Pérez, Manuel Barrera, Andrés Hernández Escarpa, Felipe Ledesma, Atanasio Millán, Juan Millán Tello, Nicolás García, Miguel Pérez, Manuel García, Isidro Morcillo, don Miguel Contreras, Josef Marco, Sebastián Celorrio y Joaquín Calonge, todos vecinos de esta villa e individuos (f.333v) de la Junta de que se compone este pueblo con arreglo a las providencias de la Real Sala de Valladolid, y la mayor parte de los que por ahora residen en el pueblo; por nosotros mismos, en voz y nombre de los demás ausentes, enfermos y por venir, por quienes prestamos voz y caución en derecho necesaria de que estarán y pasarán por lo que nosotros hiciésemos, y de lo contrario lo pagarán de sus propios bienes y efectos que para ello expresamente hipotecamos.
Y estando así, por ante mí el escribano de su majestad y de los hechos, juntas y acuerdos de esta Junta, acordaron lo siguiente:

Por el señor procurador se expuso [que] eran tantas las contribuciones y suministros que se cargaban a este pueblo por ambos gobiernos, que era imposible pagarlas, teniendo que sufrir muchas multas, presiones y otros perjuicios, que destrozaban [a] sus vecinos poniéndolos en la clase de mendigos y absolutamente pobres miserables, siguiéndose la ruina del pueblo si no se acudía a su remedio; (f.334) que todos los medios que habían tomado, y arbitrios, se habían concluido; que ya no había otros [más] que empeñar por algunos años el quinto de Valdelacasa, propio de esta villa, o en otro caso venderlo y su importe destinarlo a este fin de pago de contribuciones.

Y oído y entendido por los vocales, constándoles la verdad de este relato, acordaron se empeñe dicho quinto por los años que parezca conveniente; y no pudiéndose empeñar se venda y su importe se invierta en el pago de contribuciones y suministros, para en parte remediar a los vecinos de tantos perjuicios; dando comisión para todo ello al Ayuntamiento, para que a nombre del pueblo ejecuten cuanto va mandado y acordado, hipotecando para su seguridad los propios de él y bienes de los vecinos; otorgando en su razón las escrituras necesarias, las cuales desde ahora para cuando llegue el caso aprueban, loan y ratifican; y quieren tengan la misma fuerza, validación y firmeza que si por sí mismo fuesen (f.334v) otorgadas.

Así lo dijeron y acordaron, y firmó el que supo; de que yo el escribano doy fe.
Josef Celorrio - Diego García - Justo Pérez - Ignacio García - Vicente Barrera - Sebastián Ledesma - Juan Josef Calonge - Ramón Calonge - Tomás Barrera - Manuel Enciso - Martín de Marco - Manuel Calonge - Hermenegildo Pérez - Miguel Gonzalo - Tomás Barrera Tello - Antonio Celorrio Pérez - Manuel Barrera - Andrés Hernández - Atanasio Millán - Andrés Hernández Escarpa - Felipe Ledesma - Juan Millán - Nicolás García - Miguel Pérez - Manuel García - Don Miguel Contreras - Josef Marco - Sebastián Celorrio - Joaquín Calonge - Ante mí, Pascual la Puerta

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