Visitas generales de Noviercas (1660)
Ayuntamiento de Noviercas
En la villa de Noviercas, a quince días del mes de Noviembre de mil y seiscientos y sesenta años; por ante mí el presente escribano, los señores Marco García Royo y Francisco Tello alcaldes ordinarios de la dicha villa, y Miguel García mayor y Pedro Ibáñez regidores de ella y dijeron que para hacer la visita de general de caminos, mojones de los términos, eras y calles, y oficios públicos, y lo demás que es uso visitar y amojonar; y para hacerla hicieron parecer ante sí a Miguel Solano y Miguel Calonge, apeadores nombrados por el ayuntamiento de esta dicha villa, y les recibieron juramento a Dios y a una cruz, para que harán la dicha visita bien y fielmente; y habiéndolo hecho bien y cumplido, se hizo la visita con asistencia de Roque Elices procurador general de la dicha villa, y Llorente de Esteras fiel de ella. Y se hizo la dicha visita en la forma y manera del tenor siguiente:
Lo primero se fue a do se dice Balfallado y se visitaron los mojones, desde lo alto, el barranco abajo hasta el mojón de La Oz, término de entre esta villa y la de Ágreda y su jurisdicción, y se hallaron bien.
De allí se fue y vino el río abajo al molino de Francisco Tello, y se visitó y se halló en él todo buen recado; reyriéronse las medidas, halláronse buenas.
Y delante el molino y más abajo de él dos femadales, y los dieron por de perjuicio por estar en la dehesa.
Y de allí se fue el río abajo al molino que llaman de La Serrana que tiene Juan Celorrio, y se visitó tolva y harinal y medidas, y se halló todo bien.
De allí se fue al molino que llaman de Juan de Fraguas que es de Montoya, que habita en él Domingo Calonge, y se visitó el harinal y tolva y medidas y todo lo demás, y se halló bueno.
De allí se fue a do dicen El Paso, donde ha hecho Sebastián de Ledesma unas cerradas y teñada, y parece haber cerrado algo de El Paso y metido en su cerrada, y aunque por otras visitas se ha derribado la pared y mandádole guarde los mojones y mude la pared por ellos, no lo ha querido hacer, antes ha tornado a levantarla por donde estaba. Dieron por de perjuicio la entra por ser paso de los ganados; mandaron que mude la pared y guarde los mojones.
De allí se fue al molino de Francisco Elices que lo tiene Pablo Calonge, y visitaron el harinal y medidas y harinal (sic), y se halló bueno.
De allí se fue al Molino Blanco, y parece no habitar nadie en él.
De allí se fue a lo alto de Carraciria, y viniendo para esta villa hallaron entradas en el paso y camino las piezas siguientes:
Visitose el molino de Domingo Gonzalo, tolva y harinal y medidas, y se halló buen recado.
Visitose el paso que sale para el Coto de las Viñas, y se halló en el dicho paso entrada una pieza que la tiene Francisco Marco, que es de Montoya; echaron mojones.
En el dicho Coto de las Viñas se hallaron entradas las piezas siguientes:
Y por hoy, por ser tarde, se quedó la dicha visita en este estado, con protestación que hicieron los dichos apeadores de acabarla.
En la dicha villa, a diez y seis del dicho mes de Noviembre del dicho año; por ante mí el dicho escribano, la dicha justicia y regimiento y apeadores y procurador y fiel, continuando con la dicha visita:
Saliendo por el camino de Carratorrubia hasta el río hallaron entradas las piezas siguientes: Entradas
A la entrada de Los Barrancos en el dicho camino, se halló:
De allí se fue a las Eras de La Solana, y se hallaron entrados los femadales, en las dichas eras, siguientes:
Junto a La Cruz:
Delante de las casas de Diego García Castejón, en las dichas eras, en Los Barrancos de la Tejera hallaron un femadal en el dicho hoyo, del dicho Diego García; mandaron lo quite por ser de perjuicio.
Otro en el dicho barranco y lo dieron por de perjuicio; [de] Miguel del Río.
Las eras abajo hallaron un femadal de Domingo Remírez entrado.
De allí se fue a las eras del señor San Roque:
Detrás de la ermita del señor San Roque hallaron un femadal de Joseph Marco; mandaron lo quite por ser de perjuicio.
En la calle de la Fuente, delante el arreñal de Puerta hallaron un femadal de la viuda de Fraguas que baja la calle abajo el agua; dierónlo por de perjuicio.
Visitaron el royo de la Fuente de los huertos abajo; y hallaron que en el mismo royo hay plantados muchos álamos, que los ha plantado Joseph Marco, diéronlos por de mucho perjuicio, por estorbar el paso de las aguas y avenidas, por no poder pasar y volver atrás, y hacer daños a los prados, huertos y heredades; mandaron los quite y quede la calle exenta.
Visitaron las eras del señor San Juan.
Visitose la calle que van para Hinojosa
Visitaron Las Erillas; hallose bueno.
Y por ser tarde se quedó en este estado la dicha visita, con protestación que hicieron los dichos apeadores de fenecerla y acabarla.
En la dicha villa, a diez y siete días del dicho mes de Noviembre del dicho año; por ante mí el dicho escribano, sus mercedes de los dichos alcaldes y regidores y apeadores, continuaron con la dicha visita, con asistencia del dicho procurador y fiel, en la forma siguiente:
Visitose el mesón de Diego Hernández, y camas, aposentos y lo demás que se debía visitar; y se halló bueno.
Visitaron las tabernas; hallose buen recado.
Visitose la tienda del pescado y aceite; y se halló buen recado.
Visitaron las panaderías; y se halló bueno.
Visitaron la carnicería; y se halló bueno.
Visitaron los hornos; hallose bueno.
Visitose la herrería; hallose bueno.
Visitose el hospital; y se halló buen recado.
Y con esto se feneció y acabó la dicha visita; y lo firmaron los que supieron, siendo testigos: Joseph de Corella y Pedro Trigoso alguacil, vecinos de la dicha villa.
Marcos García Royo - Miguel García - Pedro Ibáñez - Miguel Calonge - Roque Elices - Llorente de Esteras - Miguel Solano - Ante mí, Gaspar de Corella
Corredor de esta villa, requerid a todas las personas que abajo irán declaradas que dentro de tercero día parezcan ante nos a se descargar, decir y alegar en razón de la culpa que se les imputa en las visitas generales que se han hecho de amojonamientos, entras de caminos y femadales y lo demás que es uso visitar. Y las personas que se han de citar son las siguientes:
Juan Celorrio | Martín Celorrio |
Domingo Calonge | Pascual de San Juan |
Sebastián Ledesma mayor | Marcos Izana |
Pablo Calonge | María Vélez |
Francisco Marco Royo | Francisca de Izana |
Pedro Ibáñez mayor | Isabel de Roa |
Miguel Solano | Diego García Castejón |
Diego Hernández mayor | Miguel del Río |
Francisco Álvaro | La viuda de Domingo Remírez |
Domingo Gonzalo | María Herrero |
Pedro García Patrón | Francisco Lucas |
Martín Molinos | Joseph Hernández |
Pedro Millán de la Fuente | Martín Hernández peraile |
Isabel Ibáñez | Joseph Marco |
Juan Calvo de la Parra | María Rubia |
Diego Calvo de Muro | Gaspar de Corella |
Miguel Pérez mesonero | El licenciado Juan García |
Roque Elices | Diego del Hoyo |
Juan Morcillo | Martín Gonzalo |
Y el término pasado no lo haciendo, en su rebeldía les condenaremos en las penas en que han incurrido; y esto sin les más citar ni llamar, que por el presente les citamos y llamamos; y en caso que las dichas notificaciones no las podáis hacer personalmente las haréis en persona pudiendo ser habidos, y si no en sus casas y moradas haciéndolo saber a sus hijos o criados, para que no pretendan ignorancia.
Hecho en Noviercas a diez y seis de Diciembre de mil y seiscientos y sesenta años.
Marcos García Royo - Por su mandado, Gaspar de Corella.
En la villa de Noviercas a veinte y un días del mes de Diciembre de mil y seiscientos y sesenta años; por ante mí el presente escribano pareció Antón Trigoso, corredor y pregonero de esta villa, y dio fe haber notificado el mandamiento de suso y de esta otra parte, a todas las personas en él contenidas, así en sus personas como en sus casas a sus mujeres y criados; y de ello dio fe. Testigos: Marcos Garcés y Pedro Trigoso, vecinos de la dicha villa.
Ante mí, Gaspar de Corella
Auto de visita
En la dicha villa, a veinte y seis del dicho mes de Diciembre del dicho año; por ante mí el presente escribano, sus mercedes de los señores Marco García Royo y Francisco Tello alcaldes
ordinarios de la dicha villa, y por ante mí el presente escribano, habiendo visto la dicha visita y declaraciones hechas por los dichos apeadores, y lo demás que se debe ver por ellas, quitar y poner y reformar por vía de buen gobierno, ordenaron e hicieron las condenaciones y apercibimientos siguientes: [Las cantidades se expresan en maravedís]
- Parece haberse visitado el molino, y por la visita le condenaron en dos reales | 68 |
- Parece que delante del dicho molino del dicho Francisco Tello había dos femadales; diéronlos por de perjuicio, mandaron que los quite y le condenaron en dos reales | 68 |
- A Juan Celorrio, por la visita del molino de La Serrana le condenaron en dos reales | 68 |
- A Domingo Calonge, por la visita del molino que llaman de Juan de Fraguas, y le cargaron en dos reales para los gastos de la visita | 68 |
- Parece que Sebastián de Ledesma, vecino de esta villa, ha cerrado una cerrada en el Cerro Orte y por la parte que confronta con el paso de los ganados se ha metido algo, y se le ha echado mojones en ésta y otras visitas, y demolido la pared; y sin embargo ha reincidido. Proveyendo justicia mandaron que guarde los mojones y mude la pared por dentro de ellos [so] pena de dos mil maravedís y que a su costa se hará mudar; y por esta vez le condenaron en cuatro reales para gastos de la visita | 136 |
- A Pablo Calonge, por la visita del molino de Francisco Elices le condenaron en dos reales | 68 |
- A Francisco Marco Royo, por una entra de una pieza en Carraciria mandaron guarde los mojones, y le condenaron [en] un real | 34 |
- Otra pieza de Pedro Ibáñez mayor entrada, le condenaron en un real; [que] guarde los mojones | 34 |
- Miguel Solano, por otra pieza entrada en dicho Carraciria le condenaron en un real | 34 |
- Sebastián de Ledesma, por otra pieza entrada en dicho paso, un real | 34 |
- Diego Hernández mayor, por otra pieza entrada en dicho paso le condenaron en un real | 34 |
- A Francisco Álvaro, por otra pieza entrada en dicho paso, un real | 34 |
- Domingo Gonzalo, por la visita del molino, dos reales | 68 |
En el Coto de las Viñas se hallaron entradas: | |
- Una pieza de Pedro García Patrón, un real | 34 |
- De Sebastián de Ledesma una pieza en dicho Coto, le condenaron en un real | 34 |
- Martín Molinos, otra pieza entrada, un real | 34 |
- El dicho Sebastián de Ledesma, otra pieza entrada, un real | 34 |
- Francisco Álvaro, otra pieza entrada en dicho Coto, y le condenaron en un real | 34 |
- Pedro Millán de la Fuente, entrada otra pieza por El Coto y el paso, y le condenaron en dos reales | 68 |
- En Carratorrubia una pieza entrada de Isabel Ibáñez condenaron en un real | 34 |
- Francisco Marco Royo, otra pieza entrada en dicho camino, le condenaron en un real | 34 |
- Pedro Ibáñez mayor, de otra entrada, un real | 34 |
- Juan Calvo, otra pieza entrada, un real | 34 |
- Diego Calvo de Muro, de otra pieza entrada, un real | 34 |
- A Miguel Pérez mesonero, de otra pieza entrada, un real | 34 |
- A Roque Elices, por otra pieza entrada en dicho camino, un real | 34 |
- A Martín Celorrio, de otra pieza entrada, un real | 34 |
- Marco Izana, por el femadal en el paso de Los Barrancos, por ser de perjuicio le condenaron en un real | 34 |
- Martín Gonzalo peraile, por otro femadal en Los Barrancos le condenaron en un real | 34 |
- A Pascual de San Juan, por otro femadal en dichos Barrancos, un real | 34 |
- En las eras de La Solana, a Marco Izana, que remita más adentro el femadal y el ribazo que ha hecho, porque está fuera de límite de los mojones; y le condenaron en un real | 34 |
- Roque Elices, por otro femadal entrado en las eras, un real | 34 |
- La viuda de Martín García Castejón, por otro femadal entrado en dichas eras, un real | 34 |
- Diego Hernández mayor, por un femadal entrado y allegado al Calvario, un real | 34 |
- Miguel del Río, un femadal en el Barranco de los Tejeros de perjuicio, cargaron dos reales; y haber mandado que lo quite y no lo ha querido hacer, y haber reincidido | 68 |
- La viuda de Domingo Remírez, medio real por el femadal, y que lo quite | 17 |
- Francisco Lucas, por un pajuguero en las eras, medio real | 17 |
- Josef Hernández, [que] quite el femadal detrás de la casa [en] que vive, y le condenaron en medio real | 17 |
- Martín Gómez peraile, por otro femadal en dicho puesto, de perjuicio, y le condenaron [en] medio real | 17 |
- Detrás de la ermita del señor San Roque otro femadal, y le condenaron en un real por ser de perjuicio; que es de Josef Marco | 34 |
- A Josef Marco, que parece haber plantado en el royo que baja de la fuente muchos álamos y sauces y olmos, y los dan por de mucho perjuicio porque detiene el paso de las aguas y avenidas y vuelven atrás, y es de mucho perjuicio a las heredades, prados y huertos; mandaron y señalaron que dentro de un mes los quite, con apercibimiento que de no lo hacer, a su costa se quitarán; y por esta vez le condenaron en cien maravedís, porque en otra visita le está mandado y no lo ha hecho; y que si de aquí adelante hubiere de plantar sea dentro de su heredad y no en el paso del agua | 100 |
- En Carrahinojosa dieron por de perjuicio unos femadales, mandaron los quite[n] |
Las cuales dichas condenaciones y apercibimientos mandaron sus mercedes se cobren, y se les hagan notorios estos apercibimientos a las partes; y lo aplicaron para el gasto que tienen hecho de las visitas con todo el ayuntamiento y apeadores y demás oficiales. Y esto ordenaron, mandaron y firmaron, excepto el dicho Francisco Tello que hizo una cruz que acostumbra hacer por firma. Testigos: Pedro Trigoso y Josef de Corella, vecino y estante en la dicha villa.
Marco García Royo - + - Ante mí, Gaspar de Corella
Ayuntamiento de Noviercas