Cómo Noviercas se convirtió en villa

Introducción

El día 10 de Julio de 1537, reunidos en concejo abierto los dos alcaldes, cuatro regidores y sesenta y cinco de los vecinos del lugar de Noviercas, otorgaron poder a sus vecinos Rodrigo de Montoya, Gonzalo Millán, Martín Álvaro, Marco Garcés y Martín Millán para que hicieran las gestiones necesarias para ante el rey pedir y demandar y alcanzar la jurisdicción de que su majestad hace merced a los lugares que se la piden para este pueblo, así como para que a su majestad podáis pedir y pidáis vivienda para los vecinos de este dicho lugar.

Este privilegio del villazgo de Noviercas, no fue gratis y sus vecinos tuvieron que pagar por él la cantidad de 4.000 ducados (un millón y medio de maravedís) para cuyo pago fue necesario pedir licencia para poder hacer repartimientos, poner sisas en algunos abastecimientos, y tomar alguna cantidad prestada a censo hipotecando para ello los propios y rentas del Concejo; para todo lo cual la reina Isabel les concedió facultad el 21 de Julio de 1537 (antes del otorgamiento del privilegio, ya que de no haberse efectuado ese pago no se les hubiera concedido).

El 26 de Agosto de 1537, el rey Carlos I otorga al lugar de Noviercas el privilegio de exención de jurisdicción de la ciudad de Soria y la hace villa, otorgándole autonomía jurisdiccional y dándole facultad poder poner y tener horca y picota y cepo y cárcel y cadena y cuchillo y azote y todas las otras insignias de jurisdicción que las villas sobre sí, de estos reinos, pueden y deben tener y usar.

La otra petición que había propuesto el concejo de Noviercas de vivienda para los vecinos, entendida como tierras de labranza, pastos, etc., no se vio atendida en esta ocasión ya que no se alteraron los derechos que hasta entonces tenían la Ciudad de Soria y su Tierra por un lado, y Noviercas por el otro.
Sin embargo no pasó mucho tiempo para que el rey concediera a los vecinos dieciocho yuntas de heredad para labrarlas en los términos realengos que administraba la Ciudad de Soria, ya que en 1540 una provisión real ordenaba al corregidor de Soria que cumpliera una carta ejecutoria en la que se le mandaba repartir aquellas dieciocho yuntas.

Tenemos documentados dos censos que tuvieron que contratar los vecinos de Noviercas:
Uno de importe principal de 428.575 maravedís por el que se deberían pagar 30.000 maravedís anuales perpetuamente mientras que no se redimiere (devolviese) dicho principal.
Este censo fue contratado el 2 de Agosto de 1537 con Juan González de Castejón, vecino de Agreda, hipotecando como garantía las dehesas del Regajal y Cañada. Fue redimido el 16 de Enero de 1558.

El otro censo, con un principal de 62.500 maravedís, por el que se deberían pagar 3.750 maravedís anuales, se contrató con Alvar Pérez de Chaugue, vecino de Soria, el 21 de Enero de 1538. El destino de este importe era el pago de los gastos que se generaron con la expedición del privilegio. Como garantía se hipotecaron: la dehesa del Calarizo, los heredamientos de La Torre, del Río, Matavedada y Torlentejo, las piezas del Judío, Los Quiñones y La Estrella, y los otros heredamientos y tierras concejiles hasta treinta yuntas de heredad.
Fue redimido este censo el 9 de Noviembre de 1551. Durante su vigencia tenemos constancia de impagos por parte del Concejo de Noviercas en 1540, y en 1545 año en el que se responsabilizó a los regidores que debían haber efectuado los pagos por no haberlos realizado.

Sobre Alvar Pérez de Chaugue, cabe decir que si bien en la escritura del censo en 1538 se dice que era vecino de Soria, en la carta de pago de 1551 se dice que fue vecino de Noviercas; y este nombre, probablemente de su hijo, consta como alcalde del estado de hijosdalgo de Noviercas en el último cuarto del siglo XVI, teniendo capilla y enterramiento propio en la iglesia parroquial de la villa.
No se encuentra el apellido Chaugue en los tratados genealógicos, lo cual hace pensar que el apellido correspondiente debiera ser Echagüe.

 

Contenido Documental

El privilegio de exención de jurisdicción. Título de villa  

Otorgado por Carlos I (1537), contiene las confirmaciones de Felipe II (1590), Felipe III (1601), Felipe IV (1623), Carlos II (1677), Felipe V (1703), Fernando VI (1748), Carlos III (1761), y Carlos IV (1789)

Petición del privilegio de exención y censo para pagarlo  

Contiene el poder otorgado por el Concejo para solicitar del rey el privilegio de exención de jurisdicción y el título de villa para Noviercas, así como para hacer las gestiones para conseguir el dinero necesario para pagar dicho privilegio.
Inserta la licencia de la reina Isabel para poder hacer repartimientos, sisas o tomar censos para dicho pago, hipotecando para ello los bienes y rentas del Concejo de Noviercas.
Contiene la carta de censo de 428.575 maravedís, a pagar 30.000 mrs anuales, de Juan González de Castejón del 2 de Agosto de 1537; y la escritura de redención de dicho censo del 16 de Enero de 1558.
(El importe de este censo se expresa en distinta cantidad en algunos documentos, incluida la anotación inicial que consta en la escritura del censo que se transcribe en este trabajo)

Censo para el pago de los gastos del privilegio  

Inserta la licencia de la reina Isabel antes citada, y la escritura del censo de 62.500 maravedís, a pagar 3.750 mrs anuales, de Alvar Pérez de Chaugue; así como las notificaciones de ejecución por impago de esos 3.750 mrs anuales en 1540 y 1545, y la escritura de redención del censo el 9 de Noviembre de 1551.

Ayuntamiento de Noviercas

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